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Conocer el uso del complemento de recepción de pagos – Tienda

Conoce la obligación y el uso de emitir el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) con complemento de recepción de pagos, conforme al Código Fiscal de la Federación y las disposiciones del SAT (Servicio de Administración Tributaria), para garantizar un control preciso de las transacciones en tu punto de venta con ADM Tienda.

A continuación, te explicamos los detalles:

1. Antecedentes.

La generación de comprobantes por los pagos recibidos tiene su sustento en el Código Fiscal de la Federación, en el artículo 29-A, fracción VII, inciso b, donde indica lo siguiente:

“… Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un comprobante fiscal digital por Internet por el valor total de la operación en el momento en que esta se realice y se expedirá un comprobante fiscal digital por Internet por cada uno de los pagos que se reciban posteriormente, en los términos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general…”.

2. Obligación del Complemento de Recepción de Pagos.

Con la publicación de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF 2018, se extiende el período del uso opcional del complemento de recepción de pagos hasta el 31 de agosto.

Sin embargo, la autoridad no prohíbe la emisión de comprobantes al recibir un pago. Lo que establece es que el comprobante en versión 3.3 puede entregarse sin complemento.

Para mayor detalle, revisa el documento completo de la Primera Resolución De Modificaciones A La Resolución Miscelánea Fiscal Para 2018 Y Su Anexo 1-A”.

¡Optimiza tu administración y asegura el cumplimiento fiscal!

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