El artículo 29-A del CFF en su regla 2.7.1.24 establece que los contribuyentes podrán elaborar un CFDI diario, semanal, mensual o bimestral (conocido como CFDI global), donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general y en su caso el número de folio o de operación de los comprobantes que se han emitido, utilizando el RFC genérico (XAXX010101000).
Las operaciones realizadas con el público en general, se deberán expedir con los siguientes datos:
Público en General | |
Nombre / Razón Social: | En este campo se debe de registrar el valor “PUBLICO EN GENERAL”. |
RFC: | Se debe registrar el valor “XAXX010101000”. |
Domicilio Fiscal: | En este campo se debe registrar el mismo código postal señalado en el campo LugarExpedición “CP DE EMISOR”. |
Régimen Fiscal: | En este campo se debe registrar la clave “616” Sin obligaciones fiscales. |
Uso de CFDI: | “S01” (Sin efectos fiscales). |
Conceptos | |
Clave Prod / Serv: | 01010101 (No existe en el catálogo) |
No. Identificación: | Numero de folio u operación de los comprobantes simplificados (1-100 Caracteres) |
Cantidad: | 1 |
Clave unidad de medida: | ACT (Actividad) |
Descripción: | Venta |
Valor Unitario: | Subtotal del comprobante simplificado |
Clave de impuesto para indicar si la operación comercial es objeto o no de impuesto | |
01 | (No objeto de impuesto) |
02 | (Sí objeto de impuesto) se deben desglosar los Impuestos a nivel de Concepto. |
03 | (Sí objeto del impuesto y no obligado al desglose) no se desglosan Impuestos a nivel Concepto |
¡Listo! Con estos pasos estarás actualizado.